5 de noviembre de 2020 Puestos de trabajo

Cuidadores profesionales y asistentes personales

¿Qué es un asistente personal?

Un Asistente Personal es aquella persona que ayuda a otra a desarrollar su vida. Es decir, es quien realiza o ayuda a realizar las tareas de la vida diaria a otra persona que por su situación, bien sea por una discapacidad o por otros motivos, no puede ejecutarlas por sí misma.

Esta ayuda está regulada por un contrato en el que habitualmente la persona con discapacidad o el representante legal de esta persona, es la parte contratante.

La existencia del Asistente Personal se basa en el deseo y el derecho de las personas con discapacidad a controlar su propia vida y a vivirla con la dignidad que conlleva estar en igualdad de oportunidades con el resto de la ciudadanía.

A día de hoy, esta figura empieza a ser considerada especialmente en la legislación relacionada con la promoción de la autonomía y de la atención a las personas en situación de dependencia, así como en distintos proyectos que comienzan a desarrollarse en nuestro país. Existe un grupo cada vez más amplio de personas que tiene mermada su autonomía física, pero no por ello han perdido su capacidad de decidir cómo quieren vivir.

Un Asistente Personal y la persona a la que asiste están unidos por una relación contractual de carácter laboral, independientemente de su relación a nivel personal. En esta relación laboral, las decisiones las toma la persona con discapacidad que recibe la asistencia o su representante legal. Con lo cual, esta persona ejerce de «jefe« de su Asistente Personal. El Asistente Personal tiene sus derechos establecidos y regulados con antelación, a fin de evitar malos entendidos y entiende que trabaja para su «jefe o jefa», estando a su disposición mientras dura su jornada de trabajo. Durante ese tiempo, las decisiones recaen en la persona con discapacidad y el Asistente Personal colabora en la medida necesaria para que las decisiones sean llevadas a cabo. Un Asistente Personal puede desarrollar su tarea trabajando para varias personas, al igual que una persona con discapacidad, debido a la amplitud de los apoyos que precisa, puede necesitar varios asistentes personales trabajando para ella. Tareas o actividades propias de la figura de la Asistencia Personal

El perfil del Asistente Personal

Este vendrá definido por las tareas que éste tendrá que realizar con la persona a quien asiste; y, de ahí que no exista un perfil único, aunque partimos de que el Asistente Personal es una persona de apoyo y ayuda.

Las tareas a desarrollar por un Asistente Personal son múltiples y a veces difíciles de definir, al mismo tiempo que sencillas de comprender y llevar a cabo, ya que son aquellas que una persona necesita que hagan por ella. Un Asistente Personal puede realizar cualquier tarea, dependiendo de la situación en que se encuentre la persona a la que presta su trabajo. Las tareas vendrán definidas, fundamentalmente, por las diferencias funcionales de la persona para la que el Asistente Personal desempeña su trabajo y serán siempre previamente pactadas por ambas partes. Podemos dividir las principales tareas en diferentes áreas: – Personales – Hogar – Acompañamiento – Conducción – Excepcionales y otras tareas.

  • Tareas personales: serán todas aquellas que están relacionadas directamente con la persona, tales como el aseo (lavar, duchar, maquillar, afeitar, depilar, aplicar cosméticos, etc.), vestirse, levantarse de la cama, ayuda en las necesidades fisiológicas, ayuda para comer, beber, desvestirse y acostarse, preparación y toma de medicamentos. Atender el teléfono, tomar notas, pasar páginas, etc.
  • Tareas del hogar: las que se realizan dentro de la vivienda, desde la limpieza de la propia vivienda, pasando por hacer las camas, ordenar la ropa, utilizar los electrodomésticos, hasta hacer la comida.
  • Tareas de acompañamiento: se trata de acompañar a la persona con discapacidad (independientemente de su edad) en su casa, en el trabajo, en la calle (bien sea para realizar gestiones, ir al banco o a la compra), y en las actividades de ocio.
  • Tareas de conducción: cuando además de acompañar, el asistente tiene que conducir un coche, ya sea para llevar o recoger a la persona con discapacidad, acompañarla a recoger a terceros, etc.
  • Tareas excepcionales y otras tareas: Son tareas no habituales que siempre se acordaran explícitamente entre la persona asistida y el asistente personal. Así, en las tareas excepcionales derivadas de situaciones imprevistas se actuará siempre ateniéndose a un protocolo previamente establecido para tales casos por la propia persona asistida.

Formación en Asistencia Personal

Existe la tendencia generalizada de creer que un Asistente Personal necesita una formación reglada y específica para poder servir de apoyo a una persona con discapacidad. Esta creencia puede ser cierta, en función de las necesidades que precise la persona con discapacidad, pero es muy difícil definir cuál es esa formación. La realidad es que la formación que se precisa para poder apoyar a una persona con discapacidad depende de cada persona. Así, una persona que tenga una tetraplejia no tendrá las mismas necesidades que una persona que tenga discapacidad visual. Pero, sobre todo, lo más importante es la relación entre la persona y su asistente y la comprensión de la función que hace un Asistente Personal. La formación para ambos es complementaria aunque pueda diferenciarse en los contenidos. El objetivo con que debe planificarse básicamente es el de unificar criterios y puntos de vista o perspectivas entre ambos en cuanto a cual es, la filosofía de Vida Independiente. En este tema, el caso de los asistentes personales, se estará a lo que determine la legislación en el desarrollo del artículo 36, Formación y cualificación de profesionales y cuidadores, de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en sus puntos 1 y 2. (Punto 1. «Se atenderá a la formación básica y permanente de profesionales y cuidadores que atiendan a las personas en situación de dependencia. Para ello, los poderes públicos determinarán las cualificaciones profesionales idóneas para el ejercicio de las funciones que les correspondan con el Catálogo de servicios regulado por el artículo 15». Punto 2. «Los poderes públicos promoverán los programas y las acciones formativas que sean necesarios…»). Así como al desarrollo normativo de las comunidades autónomas en relación a este punto. En todo caso el Asistente Personal no será un cuidador al uso ya que proveerá los cuidados que solicite la persona con discapacidad y conforme a las directrices que reciba de la persona con discapacidad. Por lo tanto, para realizar este trabajo en la actualidad no se precisa titulación académica, pero sí puede ser interesante una formación específica para el desarrollo de este puesto de trabajo, siendo muy recomendable un entrenamiento en habilidades sociales que permita que los Asistentes Personales dispongan de conocimientos suficientes para desenvolverse y conducirse en las relaciones interpersonales, de cara a conseguir los objetivos propuestos en un clima de respeto mutuo. También es muy importante que el Asistente Personal tenga formación en la Filosofía de Vida Independiente para que comprenda los equilibrios de la relación con la persona con discapacidad y que, en definitiva, su función no es suplir su voluntad, sino colaborar con ella para llevarla a cabo. Un Asistente Personal puede no tener ninguna formación, o tener una gran formación, pero lo más importante es que sepa estar y apoyar a la persona con discapacidad en las tareas y funciones que ésta designe. En principio, cualquier persona mayor de edad puede ser Asistente Personal. No es tanto la formación como la actitud y la predisposición del Asistente Personal lo que en la mayoría de los casos se valora y lo que permitirá que desempeñe adecuadamente su trabajo. A pesar de todo, hay personas con discapacidad que requieren algún tipo de apoyo específico tales como algún cuidado sanitario u otros. En estos casos la persona con discapacidad deberá tener en cuenta estas necesidades a la hora de buscar y seleccionar al asistente personal que precisa. Independientemente de la formación y titulación del Asistente Personal, esta figura es la de un profesional que trabaja para una persona con discapacidad, y como trabajador tiene unos derechos y obligaciones.

¿Cómo seleccionar al Asistente Personal? (Entrevistas, recomendaciones…)

La selección de un Asistente Personal es una tarea similar a la selección de cualquier otro trabajador. Para poder estar seguro de tener elementos objetivos de juicio, conviene poner por escrito las necesidades personales, los horarios en que éstas se dan, lo que se espera del Asistente Personal y los requisitos que debe cumplir.

Se debe dedicar tiempo y paciencia para buscar a la persona más adecuada, pues es alguien con quien se pasa tiempo y se comparten muchas experiencias. Se debe tener muy claro qué es lo que se necesita y durante cuánto tiempo. Para ello, suele ser muy útil hacer un cuadro de las necesidades diarias, como ya se ha señalado. Como orientación, se proponen algunos pasos a dar en la selección y contratación de un Asistente Personal.

  • Plasmar por escrito las condiciones del trabajo, las tareas habituales a realizar y los horarios pertinentes.
  • Concertar una entrevista personal e independiente con al menos tres candidatos/as.
  • Observar si encaja con nuestras necesidades principales, atendiendo a sus referencias y características y al documento elaborado.
  • Explicar las tareas y actividades que deberá realizar y la remuneración a percibir, dándole una copia del documento previamente elaborado.
  • Pedir justificación de la cualificación cuando sea necesario, así como comprobar sus referencias cuando las aporte.
  • Es conveniente no descartar ningún candidato inicialmente, una vez se haya entrevistado a todos los candidatos, es mejor comunicarlo pasado unos días.
  • Los contratos conllevan un período de prueba pero además es importante hablar con el asistente de este tiempo como una oportunidad para que ambos sepan si se van a sentir bien en el puesto y en la relación que implica. Posibles requisitos que se le pueden pedir a un Asistente Personal pueden ser puntualidad, pulcritud, discreción, seriedad, confidencialidad, respeto, etc. La lista de tareas a realizar depende de cada individuo, tal y como se ha especificado anteriormente, pero puede incluir temas como ayuda para levantarse de la cama, higiene personal, ayuda para hacer la compra, acompañamiento en viajes, acompañamiento en el trabajo, acompañamiento en los estudios, acompañamiento en el ocio, conducción, ayudar a que la persona con discapacidad pueda «cuidar» de alguien si necesita hacerlo, etc. Pasos para seleccionar y contratar al Asistente Personal.

¿Qué trámites hay que realizar para contratar al Asistente Personal? (Tipo de contratos, Gestión con la Seguridad Social…)

Un Asistente Personal es un profesional que realiza una tarea a cambio de una remuneración económica, por tanto debe estar contratado a través de un contrato de trabajo y debe estar siempre dado de alta en la seguridad social, como cualquier otro trabajador. Cuando la persona con discapacidad contrata directamente aparecerá como empleador y tendrá que dar de alta directamente a su trabajador (el asistente personal) en la seguridad social como su empleado.

Más información en la Guía prácita de la asistencia personal de la Comunidad de Madrid.

Etiquetas Asistente personal
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